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Qué es la clausula no show

diciembre 14, 2018

El transporte aéreo se está convirtiendo cada vez en el método de transporte preferido por quienes requieren desplazarse de un lugar a otro, la ventaja principal de este medio de transporte frente a medios tradicionales como autobuses y trenes es la rapidez con que se llega al destino acortando hasta 7 veces el tiempo de viaje. Hoy adquirir un pasaje de avión en una aerolínea es muy fácil y rápido, sin embargo existen algunas cláusulas de servicio  de aerolíneas que pueden convertir la experiencia de volar en una verdadera pesadilla, en este  artículo explicaremos la cláusula NO  SHOW que algunas aerolíneas incluyen en la letra pequeña de los tiquetes de vuelo.

La cláusula No Show no es más que la opción que utilizan la aerolíneas para tomar la decisión en cualquier momento de cancelar la reserva del boleto de un trayecto asociado a un vuelo realizado previamente, esta cláusula suele afectar principalmente a quienes realizan reservaciones para vuelos de ida y vuelta, por ejemplo si el pasajero por alguna razón no tomo el vuelo de ida la aerolínea podrá cancelar la reservación para el vuelo de vuelta.que es la clausla no show

Estas condiciones que imponen las aerolíneas han sido  consideradas  como abusivas ya que el usuario al adquirir el servicio de ida y vuelta estaría adquiriendo también el derecho de disponer de sus puestos asignados como él quiera, sin embargo la cláusula no show de las aerolíneas que en la mayoría de los casos es desconocida por los usuarios es aprovechada para así sacar doble lucro a un puesto de avión que será pagado previamente por el usuario original y por el segundo usuario que ocupara el puesto.

Disposiciones legales.

En términos legales ya son varias la sentencia acerca de la polémica clausula, siendo denominada arbitraria, por lo cual los juzgados han emitido la consecuente nulidad en los casos denunciados. Uno de los casos más importantes es la sentencia 71/10 de 22 de marzo, del Juzgado de lo Mercantil de Palma de Mallorca la cual expresa que a pesar de que los contratos  civiles están regidos por los artículos 1089 y 1091 del Código Civil, existen limitantes que favorecen a la parte más perjudicada que en este  caso es el consumidor, a continuación se relacionan los puntos que el fallo ha tenido en cuenta para  su decisión.

  • En un contrato es necesario que el consumidor conozca, entienda y acepte las condiciones del servicio, algo que resulta difícil a la hora de comprar boletos por medio de internet.
  • Los términos embebidos en letra pequeña y párrafos extensos no pueden considerarse como una autorización expresa por el consumidor.

La cláusula “no show” no está reconocida por los entes internacionales encargados de regular aerolíneas y servicios de transporte.

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